ALERTA FACTURACIÓN ABUSIVA CABLE-INTERNET-CELULAR

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Ante reiterados reclamos por parte de los usuarios sobre la facturación de algunas empresas monopólicas del servicio de Cable Internet o Celulares, le ALERTAMOS  a los consumidores que deberán realizar la denuncia al ente de control (ENACOM: https://www.enacom.gob.ar/) en el cazo que la comercial no les devuelvan lo cobrado de más. Como son empresas monopólicas las que han aplicado un aumento en exceso, le informamos que no podrán cobrar una suma superior al 5%. Le transcribimos asimismo el comunicado del ENACOM:

Aumentos superiores a los autorizados en servicios TIC

Debido a las recientes denuncias que reflejan que algunas empresas prestadoras de servicios TIC realizaron aumentos superiores a los autorizados, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) procedió en forma inmediata a intimar a las compañías para que toda facturación superior a la autorizada sea retrotraída y reintegradas las diferencias a los usuarios y usuarias.

Mediante la Resolución 1466/20, se reglamentó el Decreto de Necesidad y Urgencia 690/20, en la cual se autoriza, para el mes de enero de 2021, un ajuste del CINCO POR CIENTO (5%) para ser aplicado por los licenciatarios de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) que presten servicios de acceso a Internet; de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico, radioeléctrico o satelital; de telefonía fija y de comunicaciones móviles, todos con sus distintas y respectivas modalidades. Para el caso de los licenciatarios que posean menos de CIEN MIL (100 mil) accesos y que no hubieran aumentado sus precios en cualquiera de sus planes y servicios durante el año 2020, el incremento autorizado fue de hasta un OCHO POR CIENTO (8%) para el mes de enero de 2021.

La citada resolución se encuentra plenamente vigente y operativa, por lo que ENACOM, como autoridad de aplicación, procedió a intimar a las empresas a que ajusten su facturación de manera inmediata, retrotrayendo los aumentos mal aplicados y reintegrando a los usuarios y usuarias el dinero facturado indebidamente, e inició los procedimientos administrativos correspondiente para aplicar las sanciones que corresponden.

Cabe recordar que el objetivo del Decreto 690/20 y su reglamentación consiste en asegurar el acceso a los servicios TIC de calidad para todas y todos los ciudadanos, y así garantizar el derecho humano a la comunicación.Debido a ello, ENACOM hará uso de sus facultades como ente regulador para resguardar el cumplimiento de las normas vigentes y articulará las herramientas correspondientes que la ley le otorga, como parte de un Estado presente que asume el compromiso de garantizar la accesibilidad y asequibilidad de los usuarios y usuarias a los servicios de información y comunicación.

Dr. Osvaldo H. Bassano – Presidente ADDUC